Autoconsumo, el almacenamiento y las instalaciones térmicas con renovables

Los autónomos podrán desplegar instalaciones de autoconsumo en un lugar de trabajo distinto a su vivienda y se autoriza un cupo específico para ellos en las ampliaciones de presupuesto

Se facilita el modelo de negocio de las Empresas de Servicios Energéticos y se potencian las aplicaciones con bomba de calor

Éxito del programa de autoconsumo: las comunidades autónomas están agotando sus presupuestos iniciales y solicitando ampliaciones

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado hoy el refuerzo de los programas de incentivos para sistemas de autoconsumo y almacenamiento con energías renovables, y para sistemas térmicos renovables en hogares y en diferentes sectores de la economía. Por ejemplo, los autónomos podrán beneficiarse y desplegar autoconsumos en sus lugares de trabajo, además se autoriza un cupo específico para ellos, también se potencian las Empresas de Servicios Energéticos (ESE) y la penetración de la bomba de calor.   

Los programas de incentivos que el Gobierno ha reforzado se encuadran en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), están recogidos en el Real Decreto 447/2021 y el Real Decreto 1124/2021, y los gestiona el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), organismo dependiente del MITECO.

La modificación del RD 477/2021 introduce cambios como:

·        Los autónomos se incluyen como beneficiarios de los subprogramas de impulso del autoconsumo y podrán desplegar instalaciones de autoconsumo en un lugar de trabajo distinto de su vivienda. Además, se establece la posibilidad de que en las ampliaciones de presupuesto se les reserve un cupo específico.

·        Se potencia el modelo de empresa ESE o inversión por terceros para que pueda ser una empresa la que realice las instalaciones a particulares u otras empresas, facilitando así la instalación de autoconsumo cuando el consumidor no tenga capacidad de abordar la inversión.

·        La capacidad de almacenamiento que se permite instalar se flexibiliza, pasando a 2 kWh/kW a 5 kWh/kW, en consonancia con la creciente generalización de soluciones de almacenamiento.

Entre las modificaciones del RD 1124/2021, por su parte, se amplía la gama de bombas de calor que son elegibles en el programa, para facilitar un mayor despliegue de esta tecnología, ampliando así los equipos que se permiten instalar, muchos de ellos fabricados en España. Además, se incorpora una referencia al rendimiento medio estacional mínimo a cumplir en esta tecnología para las aplicaciones de producción de frío en climatización de edificios. Esta incorporación viene motivada por la próxima publicación de la normativa europea que establecerá la metodología de cálculo de la cantidad de energía renovable aportada por estas aplicaciones.  

IMPULSO AL AUTOCONSUMO, ÉXITO DEL PROGRAMA

El Real Decreto 477/2021, del 29 de junio, aprobó la concesión de 660 millones de euros, ampliables a 1.320 millones, en ayudas para instalaciones de autoconsumo (hasta 900 millones), almacenamiento detrás del contador (hasta 220 millones) y climatización con energías renovables (hasta 200 millones).

Se trata de uno de los primeros programas de ayudas puestos en marcha en el marco del PRTR y es el primero a gran escala dirigido específicamente a autoconsumo y almacenamiento. Actualmente, las Comunidades Autónomas están agotando los presupuestos inciales y solicitando ampliaciones, con lo que se confirma el interés y el potencial del autoconsumo en nuestro país.

Con estas líneas se espera incorporar 1.850 MW de generación renovable al sistema. Se estima la creación de más de 25.000 empleos directos e indirectos, un crecimiento del PIB de 1,7 millones de euros por cada millón de ayuda y una reducción de las emisiones de CO2 de más de un millón de toneladas al año.

Consta de seis subprogramas, según los sectores y la tecnología a desarrollar, en los que se subvencionan equipos y materiales; obra civil; equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares; sistemas de gestión y monitorización, la redacción de proyectos, memorias técnicas y dirección facultativa, entre otras actuaciones.

Las ayudas varían en función del beneficiario y del tipo de instalación:

·        En el caso de la energía solar fotovoltaica las ayudas abarcan desde el 15%, para una gran empresa, hasta el 45% para una pyme o un sistema inferior a 10 kW; los particulares pueden beneficiarse del 40%, del 50%, en caso de autoconsumo colectivo, y las administraciones públicas del 70%.

·        En eólica, la subvención oscila entre el 20% para la instalación más grande en grandes empresas y el 50% en los sistemas pequeños para pymes; los particulares obtienen un 50% y las administraciones públicas un 70%.

·        En almacenamiento detrás del contador, las ayudas para empresas varían entre el 45% y el 65%, dependiendo del tamaño, mientras que los particulares, administraciones y tercer sector se benefician de un 70%.

·        En climatización con renovables, las ayudas varían entre el 40% al 70%, dependiendo de la tecnología utilizada. Las administraciones públicas propietarias de edificios residenciales pueden obtener un 70%.

Además, y con el objetivo de afrontar el reto demográfico, todos estos conceptos se incrementan un 5% en aquellos municipios con menos de 5.000 habitantes y en los municipios con menos de 20.000 habitantes en entornos rurales cuyos diferentes núcleos de población tengan menos de 5.000 habitantes.

FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES TÉRMICAS

Por su parte, el Programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, regulado en el RD 1124/2021, cuenta con un presupuesto inicial de 150 millones, ampliable según la demanda y el desarrollo de los proyectos.

Estas subvenciones fomentan las energías renovables térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario o el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado.

Permiten la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío, subvencionables hasta 1 MW de potencia solo para estas últimas, con aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales: limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganadero e invernaderos, etc.

Entre los costes subvencionables se incluyen la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.

La ayuda otorgada cubre el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas, y en ambos ámbitos se incrementa en un 5% en zonas de reto demográfico.