El Gobierno repite el mismo error de cálculo al revisar la retribución de la eólica

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El Gobierno repite el mismo error de cálculo al revisar la retribución de las energías renovables, por lo que la eólica percibirá un 38% menos de lo que le corresponde.

La propuesta de orden de parámetros reproduce la previsión de precios de mercado artificialmente elevada del semiperiodo anterior, lo que reduce la retribución de los próximos tres años.

Este mismo error obliga ahora al regulador a compensar al sector e incrementar la retribución de la eólica a partir de 2017; aún así y debido al diseño del sistema, no se compensará a las empresas con el 100% de lo que les corresponde.

El final del semiperiodo es el primer hito desde la Reforma Energética y muestra la inestabilidad y arbitrariedad del sistema, así como la dificultad para que las empresas alcancen la rentabilidad razonable establecida por ley.

La revisión de los parámetros económicos con los que se calcula la retribución de las renovables para los próximos años ha confirmado las peores sospechas del sector: el Gobierno ha desaprovechado la ocasión para enmendar los errores de cálculo del primer semiperiodo. El regulador ha vuelto a tomar como referencia un precio de mercado artificialmente alto –el mismo que tomó erróneamente, como se ha demostrado, para el semiperiodo anterior– en vez de los precios de los mercados de futuros para esos años, que son la referencia. Por este motivo, la eólica –el sector más afectado por ser el más vulnerable a las variaciones de precios del mercado– verá seriamente disminuida su retribución en los próximos tres años.

 

En la propuesta de orden ministerial que modifica los parámetros retributivos enviada a la CNMC, el regulador ha vuelto a tomar como referencia un precio de 52 euros/MWh a partir de 2020 –el mismo que en el semiperiodo anterior, que ha resultado ser erróneo– en vez de los 41,32 que son la referencia que marcan los precios de los mercados de futuros para esos años. Por este motivo, la eólica ingresará en los próximos tres años unos 400 millones de euros (un 38%) menos de lo que le correspondería.

En los últimos tres años, por este error de cálculo las empresas han cobrado una media de 6,37 euros/MWh menos por la desviación a la baja de la senda de precios prevista en la ley. Esta diferencia entre las previsiones de precios y la realidad ha supuesto que el sector haya dejado de ingresar 630 millones de euros. Teniendo en cuenta esta experiencia, no se entiende que el Gobierno apueste por cometer el mismo error precisamente cuando tiene la oportunidad de enmendarlo.

 

Es más, la propuesta de orden de parámetros introduce un incremento de 212 millones en la retribución del sector eólico del 2017 en adelante que se debe precisamente a los errores de cálculo cometidos por el regulador en el primer semiperiodo: si las previsiones de precios de hace tres años se hubiesen basado en la realidad y no hubiesen sido artificialmente elevadas, el regulador no tendría que corregir ahora al alza la retribución.

 

Si a esto se añade que la existencia de unos límites a las compensaciones a las que tiene derecho el sector cuando se producen desviaciones en los precios hace altamente improbable la posibilidad de que las empresas sean compensadas con el 100% de la cantidad que les correspondería, es muy difícil que las instalaciones existentes alcancen la rentabilidad razonable prevista al final de su vida útil. De hecho, de los 630 millones que se han dejado de ingresar en el primer semiperiodo, sólo se compensará al sector con el 36% (con lo que pierde el 64% de lo que le corresponde). Esta compensación se repartirá a lo largo de toda la vida útil de las instalaciones existentes, lo que supone alrededor de 22 millones de euros anuales.

 

AEE considera que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha desaprovechado la ocasión que le ofrecía el final del primer semiperiodo para introducir las modificaciones necesarias en la regulación para que las empresas lleguen a la rentabilidad razonable que establece la ley y para suprimir elementos que generan incertidumbre y falta de confianza en los inversores.

 

Además, el final del primer semiperiodo de tres años marca el primer hito desde que entró en vigor la Reforma Energética y demuestra tanto la inestabilidad del sistema como su arbitrariedad, ya que las empresas no están obteniendo los ingresos que les promete la propia ley. Sin esa estabilidad, va a ser muy difícil que en España se hagan las inversiones eólicas necesarias para cumplir con los compromisos internacionales y la Transición Energética y se pone en riesgo el futuro de un sector que exporta tecnología por valor de unos 3.000 millones de euros anuales, da empleo a 22.500 personas y rebaja el precio de la electricidad.

 

No hay que olvidar que el sector eólico ha sido en términos absolutos el más golpeado por la Reforma: en los primeros tres años completos desde su aplicación, los ingresos del sector han descendido un 34%, lo que en muchos casos ha puesto a las empresas en dificultades para atender el servicio de la deuda. El mercado doméstico se ha paralizado: en 2014 y 2015, se instalaron 27 MW en España, y los fabricantes de aerogeneradores exportaron el 100% de su producción, lo que dificulta que permanezcan en el país. Estas dificultades están teniendo su reflejo en la pérdida de valor de los activos y en los cambios de manos de estos a precios inferiores a los anteriores a la Reforma Energética.

 

Los antecedentes

 

La Ley del Sector Eléctrico establece que el regulador debe utilizar los futuros de OMIP para calcular la previsión de precios para los próximos tres años (2017, 2018 y 2019). A partir del tercer año, no hay referencias obligatorias, pero para 2020 sí existe la referencia de los futuros de OMIP, la mejor estimación posible a día de hoy. Lo razonable sería que, para estimar los precios de 2020 en adelante, el regulador se basase en las cotizaciones de referencia, las del mercado de futuros.

 

El sistema establece que las instalaciones renovables anteriores a la ley tienen derecho a una rentabilidad “razonable” para ser competitivas en el mercado del 7,39% antes de impuestos durante los primeros seis años. Para garantizar que así sea, se retribuye a los parques con un incentivo o retribución a la inversión (Rinv) que se calcula en función de una serie de parámetros, incluida una previsión de los precios del mercado eléctrico para los siguientes años. Pasado este tiempo, se revisa si ha habido desviaciones de precios sobre las previsiones en el semiperiodo y, si es necesario, se compensa a las empresas hasta que alcancen la rentabilidad razonable a lo largo de toda la vida útil regulatoria del parque (20 años). El problema es que los límites mencionados impiden que la compensación sea por el total.