Eólica en México: proyecto eólico en Chiapas

El gobierno de Chiapas ejecutará un proyecto para el autoabastecimiento de energía eléctrica por generación eólica y constituirá un fideicomiso de garantía y fuente de pago hasta por 20 años. Así lo autorizó el pleno del Congreso local, tras dictamen de las comisiones unidas de Hacienda y Energéticos, encabezados por los diputados del Partido de la Revolución Democrática (PRD), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito; y de Acción Nacional (PAN), Carlos Enrique Avendaño Nagaya.

El decreto refiere que el Ejecutivo del estado -mediante la instancia competente del sector centralizado o paraestatal- ejecutará el proyecto para el autoabastecimiento de energía eléctrica, por generación eólica, con las instituciones del sector privado, así como para constituir un fideicomiso de garantía y fuente de pago por un plazo de 20 años, contados a partir de la firma del mismo, pudiendo llevar a cabo el procedimiento para la correspondiente contratación.

Por medio de la instancia competente, del sector centralizado o paraestatal, la firma del contrato de prestación de servicios será a largo plazo con la o las instituciones del sector privado, que en su caso reúnan los requisitos que la legislación de la materia establezca para su contratación, en cuanto al mencionado autoabastecimiento.

Precisa que la o las instituciones del sector privado que pretendan contratar para atender la solicitud de autoabastecimiento de energía eléctrica, por generación eólica, deberán obtener permiso de la Secretaría de Hacienda (SH), la autorización y visto bueno correspondientes, en términos del artículo 19 del reglamento de la Ley de Proyectos de Prestación de Servicios del Estado de Chiapas.

Constituirá el fideicomiso de garantía y fuente de pago, para el cumplimiento de las obligaciones que se contraigan por motivo de la contratación del proyecto, para el cumplimiento de los compromisos, el Ejecutivo estatal y los municipios, para la afectación de las participaciones federales conforme a las disposiciones que en su caso emita la SH.

Indica que será igualmente aplicable y extensiva a los municipios que deseen adherirse a la misma, previa celebración de los procesos de autorización de sus respectivos cabildos y acreditación de su capacidad financiera ante la SH.

Hará frente a las obligaciones de pago que sean contraídas bajo el modelo de contrato, durante los ejercicios fiscales que abarque el mismo, y que incluye el presupuesto máximo estimado para cada ejercicio fiscal, así como el esquema de lineamientos y constitución del fideicomiso de garantía y fuente de pago.

Ello, debido a que las energías renovables ofrecen una oportunidad de obtener energía útil para diversas aplicaciones, su aprovechamiento tiene menores impactos ambientales que el de las fuentes convencionales y poseen el potencial para satisfacer las necesidades de energía futura y su utilización contribuye a conservar los recursos energéticos no renovables y propicia el desarrollo regional sustentable en la entidad.

Isaí López, www.oem.com.mx