Industria reserva una retribución especial para 160 MW de energía eólica

Complementariamente a la revisión de tarifas, el Real Decreto aprobado hoy persigue mejorar la integración técnica de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración y simplificar y agilizar los procedimientos administrativos de aplicación.

Se reducen las retribuciones de las plantas fotovoltaicas en un 5% (instalaciones de techo pequeño), 25% (instalaciones de techo medianas) y 45% (instalaciones de suelo), para la primera convocatoria de preasignación a partir de la entrada en vigor de este real decreto.

Las medidas contenidas en el Real Decreto garantizan la rentabilidad razonable de las inversiones, dan certidumbre a futuro y respetan los derechos de los titulares de las instalaciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy la nueva regulación de las energías renovables, cuyos objetivos principales son reducir costes, especialmente los de la energía fotovoltaica, en beneficio de los consumidores, mejorar la integración técnica de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración, y simplificar y agilizar los procedimientos administrativos de aplicación.

La nueva normativa, que aportará seguridad jurídica al sector, reforma la regulación vigente del régimen económico y jurídico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Concretamente, modifica tres reales decretos anteriores:El RD 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la producción de energía eléctrica en régimen especial, el RD 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, y el RD 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica.

El Consejo de Estado ha validado la legalidad de la norma en su dictamen sobre la misma, en el que, recogiendo la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS, 3º, del 9 de diciembre de 2009), señala que las modificaciones que ahora se introducen se ajustan a los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima.

La nueva normativa asegura una retribución suficiente para las instalaciones, atractiva para los promotores de nuevos proyectos y garantiza un retorno a las inversiones realizadas. Entre las medidas que contiene destacan las siguientes:

Se limita el derecho a la percepción de prima equivalente para las instalaciones fotovoltaicas a los 25 años de vida útil. – Se reduce la tarifa fotovoltaica en un 5% (instalaciones de techo pequeño), 25% (instalaciones de techo medianas) y 45% (instalaciones de suelo), para la primera convocatoria de preasignación a partir de la entrada en vigor de este real decreto (la cuarta del año 2010).

Se espera que la reducción las tarifas reguladas que se introduce para las instalaciones fotovoltaicas supondrá un ahorro para el sistema de 141,5 millones en 2011; 202,3 millones en 2012 y 263,4 millones en 2013.

Los vehículos eléctricos con baterías de litio no emiten CO2 ni dañan el medio ambiente, siempre que la electricidad provenga de energías renovables, como la eólica, la energía solar fotovoltaica y la termosolar o solar termoeléctrica. Los aerogeneradores podrán suministrar la electricidad al vehículo eléctrico, que en un futuro servirán también para almacenar y regular la electricidad intermitente del sector eólico.

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