AEE reclama más diálogo al Gobierno en la definición de las reglas que van a regir el futuro del sector

Este RD, que supone la creación de un registro de preasignación para las energías renovables con el objeto de evitar que se superen los objetivos establecidos en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 (PER) para las distintas tecnologías, se ha elaborado sin la ecesaria participación de la industria.

El registro representa, por un lado, una garantía de que las instalaciones que entren dentro de los objetivos del PER – 20.155 MW a ser instalados en España hasta 2010- percibirán la retribución prevista bajo el RD 661/2007 , lo que supone una noticia positiva para el sector.

Pero, por otro lado, supone que la tramitación de los proyectos será a partir de ahora más compleja. El registro de preasignación contemplado en el RDL exige lo siguiente:

Para inscribirse en el registro será necesario el cumplimiento de una serie de requisitos: disponer de autorizaciones y permisos necesarios, poder demostrar una financiación de al menos el 50% de la inversión y disponer de contratos de suministro de equipos de al menos el 50% del valor total de la instalación. Además, deberá depositarse un nuevo aval de 20€/Kw.

Plazos:
1. Las instalaciones serán inscritas por orden cronológico (según la antigüedad de los documentos), hasta que sea cubierto el objetivo de potencia de 20.155MW. Dispondrán de un plazo máximo de 36 meses para inscribirse en el registro definitivo.

2. Las instalaciones que cumplan con los requisitos a fecha de 7 de mayo de 2009, podrán inscribirse durante los siguientes 30 días naturales a la entrada en vigor del RDL. Además, dispondrán de otros 30 días para presentar el resguardo del aval:

· Si los proyectos inscritos no superen la potencia objetivo, el régimen económico del RD 661/2007 se extenderá hasta el cumplimiento del objetivo considerado.

· Si la potencia inscrita fuera superior al objetivo, la retribución del RD 661/2007 se agotará con las instalaciones inscritas. Se podrán establecer restricciones anuales a la ejecución y entrada en operación de las instalaciones.

Este sistema, insistimos, garantiza la retribución actual a todas las instalaciones que cumplan con los requisitos, hasta, como mínimo satisfacer los objetivos de potencia definidos en el RD 661.

A lo largo de los próximos meses, el Gobierno deberá redefinir el marco regulatorio para hacer frente a los compromisos que exige la Directiva Europea de Energías Renovables, siendo la eólica la energía que más va a contribuir al cumplimiento de estos objetivos.

Por ello, AEE considera fundamental que las autoridades incluyan al sector desde el primer momento en este proceso, como ha venido haciendo hasta la fecha, para continuar aportando retornos positivos para nuestro país tanto en el ámbito energético y ambiental como tecnológico y empresarial.

España es el tercer productor eólico del mundo y afirma que cumplirá con los objetivos de energías renovables de la Unión Europea para 2020. El actual plan español de retribuciones a las renovables expira en 2012. Sin embargo, la semana pasada el Gobierno dijo que está preparando una reforma del sistema y dio un primer paso al crear un registro previo de las nuevas instalaciones como requisito indispensable a que accedieran a la subvención.

España necesitará generar un 43 por ciento de su electricidad de fuentes renovables si quiere cumplir con el objetivo de la UE de que un 20 por ciento de toda la energía consumida provenga en 2020 de fuentes renovables. La capacidad de generación eólica del país debería subir desde los actuales 17.000 MW a 45.000 MW, de los cuales 5.000 MW serían de eólica marina. La energía eólica fue en 2008 responsable de un 17,6 por ciento de la potencia instalada española y cubrió un 11,5 por ciento de la demanda de electricidad.

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www.mityc.es/es-ES/Novedades/Documents/bonoSocial.pdf